abandono de la actividad

El plazo para solicitar las ayudas para el abandono de la actividad de los transportistas finaliza el próximo 6 de abril de 2018.

Hoy 9 de marzo de 2018 se ha publicado en el BOE el Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2018.

Los transportistas interesados en solicitar las ayudas tienen como fecha límite el 6 de abril de 2018 y los requisitos que deben cumplir para solicitar las ayudas son los siguientes:

1.- Tener una edad igual o superior a 64 años. También podrá solicitarla las personas que con independencia de su edad tengan declarada una incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual.

2.- Ser titular, en el momento de la solicitud de una autorización vigente de transporte público de ámbito nacional, de mercancías o de viajeros en autobús con un máximo de tres copias, o bien simultáneamente de ambas autorizaciones con un máximo total de tres copias. En ningún caso se considerará vigente una autorización que no tuviese, al menos, una copia en vigor.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los transportistas de mercancías o viajeros en autobús que, reuniendo los demás requisitos, hubieran constituido una sociedad mercantil unipersonal que fuera titular de la autorización de transporte público de mercancías o de viajeros siendo el beneficiario el único socio (acreditado con certificación del registro mercantil que la sociedad ha sido unipersonal durante los últimos diez años).

3.- Ser transportista autónomo de mercancías o viajeros dado de alta en este régimen en la Seguridad Social, y haber estado ejerciendo la profesión de forma ininterrumpida durante los últimos diez años. No obstante, durante ese periodo de tiempo se permitirá una interrupción no superior a los tres meses.

4.- Ser titular de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años de un máximo de tres autorizaciones (copias) de transporte público (debiendo al menos una encontrarse vigente en el momento de la solicitud). También se permite una única interrupción no superior a los tres meses antes mencionados.

5.- Comprometerse a abandonar la actividad de transporte público en nombre propio, procediendo a la renuncia de todas las autorizaciones de transporte público y de actividades auxiliares y complementarias de que fuera titular, obligándose a devolver las ayudas obtenidas y los correspondientes intereses en caso de reiniciarla.

6.- No haber desaprovechado otras ayudas por el abandono de la actividad que le hubieran sido otorgadas por el Ministerio de Fomento en los tres años anteriores, por haber renunciado a ellas o no haber aportado la documentación necesaria para su cobro.

El Ministerio de Fomento otorga por la autorización o autorizaciones de transporte público una ayuda de 30.000 €. Además, para transportistas con edad inferior a 65 años, adicionalmente 5.300 € por cada semestre completo hasta cumplir los 65.

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