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Para quien no lo sepa, las diligencias de embargo son un requerimiento en el que la Agencia Tributaria solicita información de cuales son los importes que le adeudamos a uno de nuestros proveedores.
El objeto, es el de que ingresemos dicho crédito a la Agencia Tributaria, en lugar de a nuestro proveedor, con el fin de cubrir el importe de la deuda que tiene nuestro proveedor con el Tesoro Público.
Como veis, cuando se le debe a Hacienda, esta se salta la cola, y se pone muy astútamente la primera.

Las diligencias de embargo, cada vez suenan más, ya que se han disparado con la crisis. En 2008, Hacienda dictó 2,3 millones de órdenes de embargo sobre cuentas corrientes, una cifra que en 2013 alcanzó los 5,5 millones. Es decir, casi se han triplicado en un lustro. El incremento refleja las dificultades de empresas por abonar sus deudas con la Administración y el mayor celo de Hacienda para recaudar.

Dada la situación, es relativamente frecuente recibir diligencias de embargo de créditos de la agencia tributaria, y es importante saber cómo actuar ante una diligencia de embargo, porque debéis saber que las diligencias, hay que contestarlas en todo caso, la falta de atención del requerimiento puede acarrear graves consecuencias como la responsabilidad solidaria de la deuda de nuestro proveedor.

Es importante saber, que sólo nos podrán exigir el pago de las deudas devengadas desde la fecha de la notificación y que estén pendiente de pago. No habiendo un contrato de relaciones futuras, el que recibe la diligencia tendrá que ingresar tan solo lo que debe a su proveedor hasta la fecha. No los portes futuros que realice con otros contratos. Sin embargo, conviene hacer ciertos matices en este punto:

  • Si existiera un plazo pactado con el proveedor para satisfacer la deuda, Hacienda lo respetará.
  • Si existe una prestación de servicios anterior a la fecha de recepción de la notificación cuya factura no se haya recibido, habrá que ingresar igualmente su importe porque la operación que genera el crédito ya se ha producido. Por el contrario, si existen portes que todavía no se han recibido, no se verán afectados por el embargo porque no se ha generado la obligación al pago.
  • Si la empresa que recibe la diligencia hubiera emitido un pagaré o letra de cambio al deudor con Hacienda, no tendrá que ingresar cantidad alguna en el Tesoro, puesto que el obligado a pagar es quien presente el pagaré o la letra al vencimiento.

Hay que tener cuidado, porque a pesar de lo establecido en la legislación, la Agencia Tributaria ya ha realizado intentos de embargo de créditos futuros no pactados en un contrato. Pero los tribunales no le han dado la razón.

10 comentarios
  1. Hola! Me ha llegado de la agencia tributaria de Malaga una diligencia de pagó y resulta que yo vivo en Madrid y nuca estuve en malaga…resulta que alguien me esta estafando …por fs que tengo que hacer? Si en 10 dias no pagó me van a embargar las cuentas! Gracias!

  2. Hola soy p ensionista y cobro 365 euros al Mes del cual disponemos para 5 personas en casa mi pareja no cobra nada y hacienda me esta quitando 254 paro un prestamo y hice un aplazamiento de 20 euros y me enbargaron la cuenta alguien me puede Dec or q puedo hacer te puede quitar las pensioners

  3. me han deducido 120 euros en devolucion de mi renta por embargo con un numero de diligencia y nada mas ,ni si quiera se de que es,como puedo consultar de que es este embargo.
    gracias.

    • Llama a tu banco y te dirán quien a solicitado el embargo. Un saludo.

      • yo también he tenido el mismo problema. Me han descontado de la devolución 120€ con un número de diligencia y en el banco no tienen información y me dirigen a Uds. para que me indiquen de que se trata. ¿hay algún apartado o número de teléfono donde se pueda consultar?

        • Diríjase a su delegación de la Agencia Tributaria más cercana y pregunte de que se trata el embargo.

  4. Hola -una pregunta- ¿me tiene que notificar Hacienda formalmente de que ya no tengo que hacer los pagos de un embargo de créditos? Mi casero (el obligado al pago) me ha dicho que me va a enviar un documento de “deuda cero” porque supuestamente ha satisfecho sus deudas con Hacienda y no sé si debo esperar o no a que Hacienda me lo notifique. Gracias por adelantado.

  5. Hacienda no te notificará nada a ti, de hacerlo, notificará al deudor. Cualquier consulta que se quiera hacer sobre deudas tributarias debes dirigirte a la administración de la Agencia Tributaria de tu localidad o ciudad.

    Un saludo.

  6. buenas tardes, me ha llegado una carta de diligencia de embargo de un alquiler. Está todo pagado todos los meses. En cuanto sale a ingresar salen dos puntos y un espacio en blanco. Tengo que pagar algo?

  7. Me he dado cuenta de que en mi banco tenia un embargo he llamado y me han dado un numero de diligencia. He llamado y me dicen que con ese numero no me pueden informar en el 010.en hacienda de Barcelona me dicen que no hay citas libres.Que hago para saber de quien es el embargo.

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