El año pasado, 2014, el ministerio de Fomento amagó con realizar importantes cambios en relación con las tarjetas de transporte. Por suerte para las transportistas, Fomento dio marcha atrás en su proyecto no antes de haber recibido duras críticas desde prácticamente todos los estamentos del sector. El proyecto que propuso Fomento incluía duras restricciones tanto para acceder a la profesión como para la transmisibilidad de las tarjetas, quedando especialmente prejudicados los autónomos.
Actualmente para acceder al sector hay dos opciones: cumplir los requisitos para obtener una tarjeta nueva o bien comprar una empresa que abandone la actividad (una tarjeta y un camión, por ejemplo, si el empresario es un autónomo con esta configuración). Pero, en el proyecto que propuso fomento las cosas no eran tan fáciles, si es que ahora lo son: había que comprar una empresa, una tarjeta de alguien que se retira, y aportar tantos camiones nuevos (menos de cinco meses de antigüedad) como sean necesarios para llegar al mínimo de tres. La otra opción al igual que ahora es acceder a una tarjeta nueva.
O lo que es lo mismo, si el autónomo que quiere acceder al sector compra una empresa de un camión, tiene que aportar dos camiones de menos de cinco meses sin importar que sea autónomo o sociedad, como imaginarás la inversión que debería hacer un autónomo para empezar sería mucho más importante de la que tiene que hacer ahora.
Pero por suerte Fomento ha abandonado, al menos de momento, la idea de modificar el régimen de otorgamiento de autorizaciones y todo, o casi todo mejor dicho, ha quedado como estaba.
A continuación vamos a detallar cuáles son los requisitos necesarios a día de hoy para obtener las autorizaciones de transporte: tipos de tarjetas, requisitos, antigüedades de los vehículos, etc, y los cambios que han habido referentes a las cooperativas de transporte y al transporte privado.
Transporte Ligero y Transporte Pesado
Desde 2013 es transporte ligero el que se realiza con vehículos hasta 3,5 Tn. de MMA y pesado todo el que excede de dicha MMA. Pero eso no quiere decir que todos los vehículos de más de 3,5 Tn. de MMA que antes eran ligeros y ahora pesados, hayan pasado a disfrutar de una tarjeta de pesado (MDP), porque para la distinción de la tarjeta se mantiene la diferencia por la carga útil: hasta 3,5 Tn. de carga útil el vehículo sigue precisando una tarjeta MDL (ligero) y solo para los que superen las 3,5 Tn. de carga útil será necesaria la tarjeta de pesado (MDP).
Esto quiere decir que actualmente en el transporte ligero nos encontramos con dos categorías:
- “Superligero”: hasta 3,5 Tn. de MMA
- Ligero: hasta 3,5 Tn. de carga útil, siendo la MMA mayor de 3,5 Tn.
Requisitos que se precisan para cada “categoría” de ligero
Siempre que el vehículo pase de 2 Tn. de MMA el vehículo precisa de una tarjeta de transporte ligera, MDL; pero, si NO pasa de 3,5 Tn. de MMA ya no precisa ni de capacitación profesional (“el título de transportista” como lo llamáis muchos), ni de capacidad económica ni de honorabilidad, con cumplir los requisitos de antigüedad del vehículo (cinco meses) se obtiene la tarjeta de transporte. Eso sí, cada dos años hay que hacer el visado y acreditar que se cumplen todas las obligaciones fiscales, sociales, etc.
Cuando el vehículo pasa de las 3,5 Tn. de MMA pero su carga útil no excede de las 3,5 Tn, el vehículo precisa también una tarjeta de ligero, la MDL, pero ya SÍ que hay que acreditar que se cumplen los requisitos de capacitación profesional, honorabilidad y capacidad económica (9.000 euros por el primer vehículo y 5.000 euros más por cada vehículo a partir del segundo). Y por supuesto, el vehículo tiene que llevar instalado y en funcionamiento el tacógrafo puesto que ya pasa de las 3,5Tn. de MMA.
En el caso de los vehículos, para esta categoría de ligero también se precisa de un solo vehículo con menos de cinco meses de antigüedad.
Requisitos para una autorización de transporte pesado
Para acceder a la tarjeta MDP, se precisa acreditar que se dispone de la capacitación profesional, capacidad económica y honorabilidad. Además, tres vehículos de menos de cinco meses que sumen 60 Tn. de carga útil.
Estamos hablando en los tres supuestos de acceder por primera vez al sector y hacerlo con tarjetas “nuevas”, es decir, acudir al otorgamiento de tarjetas por parte del Ministerio de Fomento.
Pero hay otras formas de acceder al sector, como comprar una empresa de alguien (persona física o jurídica) que deja la actividad. Se compra la totalidad de la empresa, todos los vehículos de los que sea titular el autónomo (persona física) o sociedad (persona jurídica). Eso sí, hay que cumplir una serie de requisitos para poder poner esa tarjeta y vehículo a nombre del nuevo transportista:
- El que cede la tarjeta (vendedor) tiene que ser titular de la autorización con una antigüedad no inferior a 10 años y no haber reducido flota en los últimos dos años.
- Si el adquirente es persona física (autónomo) tiene que tener la capacitación profesional (“título de transportista”) a su propio nombre.
En el caso de transmisión de la empresa y tarjetas a herederos forzosos por fallecimiento, jubilación o incapacidad del titular persona física, es decir, autónomo, el régimen de transmisión sigue siendo el mismo, disponen de un año, prorrogable seis meses más, para acreditar que cumplen con los requisitos de capacitación profesional, honorabilidad y capacidad económica.
Sustitución de vehículos o aumento de flota
Para la sustitución de un vehículo por otro, solo se precisa que el nuevo vehículo sea más joven que el sustituido o bien que la antigüedad media de la flota, con el nuevo vehículo que se incorpora en sustitución de otro que se retira, no supere los seis años.
En el caso de ampliación de flota, hay tres posibilidades:
- Que el vehículo nuevo que se incorpora no exceda de cinco meses.
- Que la antigüedad media de la flota, teniendo en cuenta la del vehículo nuevo que se incorpora, no exceda de seis años.
- Que el vehículo o vehículos que incorpora a su flota estuvieran adscritos en su totalidad a otra autorización de transporte público o privado, siempre que el anterior titular dé de baja esa autorización. Es decir, que compramos todos los vehículos de una empresa que deja de trabajar en el sector ya que tiene que dar de baja la tarjeta con la que venía trabajando y a la que estaban adscritos esos vehículos. Así, no se tiene en cuenta la antigüedad ni de los vehículos que se incorporan ni la antigüedad media de la flota.
Las dos novedades que se anunciaron y que sí siguen en vigor son las referentes a las cooperativas de transporte y al transporte privado.
En el caso del transporte privado desaparece el requisito de antigüedad del vehículo, que no se le pide (antes eran también cinco meses o bien no superar los seis años de antigüedad media de la flota). Ahora se lo ponen todavía más fácil puesto que pueden incorporar vehículos de cualquier antigüedad.
Y en cuanto a las cooperativas, los transportistas que fueran socios de cooperativas titulares de autorizaciones de transporte antes del 25 de julio de 2013, se les dio la opción de:
- Si los vehículos eran ligeros (hasta 3,5Tn de MMA), sin importar la antigüedad del vehículo, pasar a ser titulares de una tarjeta MDL. Como tampoco se requiere capacitación profesional ni honorabilidad ni capacidad económica para esta categoría de transporte, no hay mayor problema.
- Si los vehículos eran pesados, formar una sociedad mercantil, con un mínimo de tres vehículos (y varios socios en su caso procedentes de cooperativas), a los que no se les tendría en cuenta la antigüedad para pasar a ser titulares de tarjeta de transporte. Eso sí, la sociedad resultante tiene que contar con una persona que acredite la capacitación profesional (ya sea uno de los socios o una tercera persona que la aporte) y además deben disponer de la honorabilidad y capacidad económica.
Esto es todo lo que ahora mismo hay de importante sobre las tarjetas de transporte de 2015. Esperamos que os sea de utilidad y os aclaren todas las algunas de las dudas que os asaltan.
Fuente | Fenadismer
Hola ! Buenos Dias ! Hay alguien que me podría decir todos los requisitos para montar la SL.? Yo estoy en ello y me están diciendo que un camion de ellos no tiene la ITV y que no me la pueden pasar por esto!