Los impagos es uno de grandes problemas a los que se enfrentan las pymes y autónomos del sector del transporte de mercancías por carretera. Siempre existe la posibilidad de que algún cliente no te abone las facturas por los servicios prestados. Esto tiene unas consecuencias muy negativas en la tesorería de la empresa afectada a la hora de atender a sus compromisos de pago. Para contrarrestar este daño, la Agencia Tributaria te permite recuperar el IVA que hayas liquidado cuando sepas que tu cliente no te va a pagar. Igualmente se puede reclamar el IVA derivado de facturas impagadas por la Administración Pública.
Factura Rectificativa
Para poder solicitar la devolución del IVA hay que emitir una factura rectificativa. Este documento debe ser idéntico a la factura original impagada, pero con una numeración de serie distinta de facturas normal, con el importe en negativo y el título “Factura rectificativa”. Es importante no confundir una factura rectificativa con una factura de abono, las primeras se emiten cuando la o las facturas impagadas ya están liquidadas en el IVA trimestral, los abonos se hacen para corregir o cancelar una factura que todavía no se ha liquidado en el IVA.
Requisitos y pasos a seguir para recuperar el IVA de facturas impagadas
Muchos profesionales desconocen la existencia de una ley que permite recupera el IVA de aquellas facturas impagadas. Eso sí, es preciso cumplir una serie de requisitos, que te adelantamos a continuación.
- Tu cliente moroso debe ser empresa o autónomo.
- Debes haber registrado la operación en tu contabilidad y liquidado el IVA.
- La factura no se haya cobrado durante los 6 meses posteriores a la emisión de la misma.
- Haber reclamado oficialmente el pago de la deuda.
Una vez liquidado el IVA de una factura impagada, hay que seguir los siguientes pasos para recuperar el importe del impuesto:
- Emite una factura rectificativa que anule la factura original.
- Reclama judicial o notarialmente la factura impagada.
- Envía a Hacienda la factura rectificativa.
- Incluye la factura rectificativa en el modelo trimestral en el periodo donde emites la rectificativa.
Para conseguir la devolución del IVA es preciso que cumplas con los plazos que exige la ley. La factura rectificativa debe emitirse a lo largo de los siguientes tres meses una vez que se cumplan los seis meses de cortesía al moroso. En el caso de las empresas grandes este tiempo se alarga hasta el año.
Esta operación no se emplea para la devolución trimestral del IVA. Su propósito es compensar el IVA ingresado en Hacienda por un producto o servicio prestado y que no hemos cobrado.
Reclamar el pago de una factura por la vía judicial
En caso de impago te recomendamos la reclamación judicial a través de un proceso monitorio, tiene un coste bajo y requiere menos tiempo que otros procesos de reclamación.
Si la deuda es superior a 250.000€, puedes acudir al requerimiento notarial.
Se ha de continuar la reclamación hasta final para poder cobrar el IVA. Si se desiste de la reclamación judicial o del requerimiento notarial la empresa acreedora deberá volver a emitir una factura rectificativa e ingresar nuevamente el IVA.
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