morosidad-transporte

La morosidad sigue siendo uno de los problemas que más preocupan a los autónomos y empresarios de pequeñas y medianas empresas del transporte terrestre de mercancías por carretera. Según el Real Decreto ley 4/2013, la norma general es que el plazo máximo de pago debería ser de tan sólo 30 días naturales a contar desde la prestación del servicio, el cual podrá ser ampliado a un máximo de 60 días “si así lo hubieran pactado las partes”. Sin embargo, el 69% de los pagos que se realizan a las empresas transportistas por parte de sus clientes incumplen la legislación vigente en materia de morosidad.

En el último mes se observa un mantenimiento en los plazos de pago respecto al mes anterior: así en el mes de Octubre de 2014 el plazo medio de pago se situó en 87 días de media, lo que sigue siendo un choque frontal a la liquidez de las empresas de transporte que las sitúa en un círculo vicioso donde cada vez es más complicado hacer frente a los pagos sin financiación de los bancos.

En el último año los plazos de pago se han reducido tan sólo dos días de media (89 días en octubre de 2013), y desde el pasado mes de junio se ha visto un repunte de un 1% del incumplimiento de la legislación vigente por parte de los clientes lo que señala el estancamiento de la morosidad que sufre el transporte en nuestro país.

En relación al Real Decreto ley 4/2013, por iniciativa de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad de la que forma parte Fenadismer, está previsto que el Parlamento apruebe en los próximos meses un régimen legal sancionador contra los incumplimientos en materia de plazos máximos de pago.

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.