El viernes se aprobó definitivamente en el Pleno del Parlamento Europeo todo el Paquete de Movilidad que luchará contras las empresas buzón.
Los cambios que implica esta normativa, que se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea en las próximas semanas, se aplicarán en tres ámbitos prioritarios:
- Desplazamiento de conductores
- Acceso al mercado
- Tiempos de conducción y descanso
Desplazamiento de conductores
De acuerdo al texto aprobado por el Parlamento Europeo el transporte por carretera está incluido en el ámbito de aplicación del desplazamiento de trabajadores.
Sin embargo, se excluyen los siguientes supuestos:
- Transporte bilateral. Se entiende como tal el transporte internacional que tiene punto de carga o descarga en el estado de establecimiento, ya sea con origen o destino en otro Estado miembro o en un tercer Estado (no perteneciente a la UE).
- Transporte triangular accesorio al bilateral. No se producirá desplazamiento de trabajadores cuando en el transporte bilateral realice además una operación de carga y descarga en el viaje de ida y otra de carga y descarga en el viaje de vuelta, o bien ninguna en el viaje de ida y dos en el viaje de vuelta, siempre y cuando ninguna de estas operaciones sea de cabotaje.
En cuanto a las normas sobre el desplazamiento de conductores, estas serán de aplicación 18 meses después de la entrada en vigor del texto.
Acceso al mercado
Los vehículos ligeros de transporte internacional de mercancías deberán cumplir las reglas de acceso a la profesión si tienen una masa máxima autorizada igual o superior a las 2,4 T. Si el vehículo se destina exclusivamente a transporte nacional el límite estará en 3.5 T de MMA.
Las empresas que dispongan exclusivamente de vehículos ligeros que realicen transporte internacional entre 2,4 T y 3.5 T de MMA deberán tener una capacidad económica de 1800 euros para el primer vehículo y 900 euros para cada vehículo añadido.
Por otra parte, el Paquete de Movilidad también contempla que los vehículos comerciales ligeros de más de dos toneladas y media deberán llevar tacógrafo.
Para los vehículos pesados la capacidad económica no se modifica: 9000 euros para el primer vehículo y 5000 para cada vehículo añadido. Pero si la empresa dispone, además, de vehículos de entre 2,4 T y 3,5T deberá añadirse 900 euros por cada vehículo ligero.
Se añaden algunas obligaciones al requisito de establecimiento, entre los que algunos de los más importantes son los siguientes:
- Tener un número de plazas de aparcamiento suficiente para que los vehículos aparquen en el establecimiento.
- Los vehículos deben realizar una carga o descarga en el país de establecimiento cada cuatro semanas.
- La empresa debe asegurarse de que contrata a los conductores conforme a la normativa del Estado de establecimiento.
- Además, debe asegurarse que aplica lo previsto en el Reglamento 593/2008 y el Convenio Roma I, por lo que el Estado de establecimiento deberá ser desde el que o hacia el que los trabajadores realizan habitualmente su trabajo.
Estas medidas del Paquete de Movilidad están encaminadas a evitar las “empresas buzón” o “empresas fantasma”.
Tiempos de conducción y descanso
El Reglamento se aplicará al transporte internacional de mercancías con vehículos de más de 2,4 toneladas de MMA.
El descanso obligatorio semanal ya no podrá hacerse en la cabina del camión y, en caso de estar fuera de casa, será la empresa la que tendrá que hacerse cargo de los gastos de alojamiento.
Esto ya estaba prohibido por el Tribunal de Justicia de la UE, pero ahora se incluirá en el Reglamento 561/2006.
Se permitirá realizar dos descansos semanales reducidos consecutivos fuera del estado miembro siempre que, en cuatro semanas consecutivas se tomen mínimo cuatro periodos de descanso semanales y dos de ellos sean normales.
Además, se podrá prolongar hasta en dos horas la conducción diaria y semanal para llegar a la empresa o al lugar de residencia del conductor para disfrutar del descanso semanal.
Respecto al cabotaje, establecerá un periodo de cuatro días de enfriamiento entre dos operaciones de cabotaje en un mismo país con el mismo vehículo.
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