Nov 20 2018

Todo lo que necesitas saber sobre la Carta de Porte o CMR para el Transporte

Nos llegan muchas consultas relacionadas con la Carta de Porte Nacional o CMR, al parecer muchos transportistas todavía no están familiarizados con su uso, lamentablemente, la mayoría de consultas son debido a denuncias ya interpuesta por la carencia del mismo, o por no estar correctamente cumplimentado. Por ello, vemos importante hacer un repaso de los diferentes documentos de control, es decir cartas de porte, que deben de emitir los Expedidores/Cargadores y que a menudo son desconocedores de la elaboración de una correcta carta de porte.

Desde el día 13 de agosto de 2003 está en vigor la actual regulación de las normas de control de los transportes públicos de mercancías por carretera, por la que se regula el uso obligatorio del documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera.

¿Qué diferencia hay entre la Carta de Porte Nacional y CMR?

La diferencia evidente es que una se utiliza como documento de control para el transporte de mercancías por territorio nacional (carga y descarga en España) y la otra para los transportes internacionales (no hay coincidencia entre el país de carga y el de descarga).

Lo que la gente no sabe es que se puede realizar un formato único que sirva de carta de porte tanto para el transporte nacional como para el internacional ya sea para mercancía general como para peligrosa. No obstante, hay que tener presente que la normativa que rige a cada una de las modalidades anteriores es diferente, por tanto habrá que identificar las obligaciones y los derechos que asisten a cada una de las partes en las modalidades de transporte, diferentes plazos para las reclamaciones, responsabilidad económica del transportista (4,50 euros/kg en nacional y 11-12 euros/kg en internacional) según sean transportes nacionales o internacionales.

Por tanto, lo más habitual es contar con una Carta de Porte Nacional para los transportes nacionales y otra Carta de Porte Internacional (CMR) para los transportes en los que no haya coincidencia entre el país de carga y el de entrega, siempre que al menos uno de los dos países haya firmado el Convenio CMR.

Carta de Porte: Contrato de Transporte en carga completa

Se define como Carta de Porte el documento en el que se hagan constar las circunstancias de realización del transporte siempre que contenga las siguientes menciones mínimas:

  • Datos identificadores del cargador y del porteador.
  • Datos identificadores del consignatario, o bien de la persona a cuya orden vaya
    dirigido el envío, o si éste ha de entregarse al portador del correspondiente
    ejemplar de carta de porte.
  • Lugar, y, en su caso, fecha y hora de entrega del envío al porteador.
  • Lugar y plazo de entrega del envío al consignatario.
  • Identificación del envío, con expresión de su calidad genérica y número de bultos,
    de su peso, y, en su caso, de las marcas o signos exteriores de los bultos que
    integran el mismo.
  • Precio del transporte.

¿Quién debe redactar y emitir la carta de porte?

Carta de Porte Nacional

Es válido jurídicamente que lo haga cualquiera de las partes contratantes, tanto el transportista como el usuario. La intervención del transportista no significa que asuma la responsabilidad de todas las indicaciones contenidas en la carta. En España, el Código de Comercio establece en su art. 350 que el remitente y el transportista pueden exigirse mutuamente que se extienda tal documento, pero no quien ha de hacerlo. Se deben emitir tres ejemplares originales, firmados por el remitente y el transportista, firmas impresas o reemplazadas por sellos, si lo permite la legislación del país. El primer ejemplar se entregará al remitente, el segundo acompañará a la mercancía y el tercero será retenido por el transportista.

Fuerza probatoria de la carta de porte

La Carta de Porte es un documento fehaciente de la existencia de un contrato de transporte. La ausencia, irregularidad o pérdida de dicho documento no afectará ni a la existencia ni a la validez del contrato de transporte, que seguirá estando sometido a las disposiciones de este Convenio.

Se trata, por tanto, de un documento de carácter jurídico declarativo y no constitutivo del contrato. Es un medio de prueba, aunque de gran eficacia en cualquier reclamación judicial. La fuerza probatoria de la carta de porte tan sólo alcanzará a sus firmantes.

Responsabilidad por no formalizar o no llevar a bordo la carta de porte

El cargador contractual y el transportista efectivo serán responsables de no formalizar el correspondiente documento de control. Idéntica responsabilidad se les atribuirá en los supuestos en los que no se lleve éste a bordo del vehículo, salvo que el cargador contractual pruebe que el documento fue emitido, en cuyo caso éste será eximido de responsabilidad.

Infracciones y multas previstas en la LOTT en relación con la carta de porte

Carta de Porte
Carta de Porte Internacional (CMR)

La Ley de Ordenación del Transporte Terrestre tipifica como infracción grave ( art. 141.17 ) la carencia, falta de diligenciado o de los datos esenciales del documento de control o Carta de Porte. Se sanciona con multa de 401 a 600 euros.

En materia de mercancías peligrosas la LOTT prevé infracciones graves y muy graves.

Es infracción grave ( art. 141.5.11 ), no consignar en la carta de porte alguno de los datos que deben figurar en ella o hacerlo inadecuadamente, salvo que deba considerarse como infracción muy grave. Se sanciona también con multa de 801 a 1.000 euros.

Son infracciones muy graves:

No llevar a bordo del vehículo una Carta de Porte que cubra todas las mercancías transportadas, o llevarla sin consignar cuáles son éstas.( 140.15.8 LOTT). Consignar de forma inadecuada en la carta de porte las mercancías transportadas.( 140.18.13 LOTT ). Ambos supuestos muy graves se sancionan con multa de 4.001 a 6.000 euros.

No obstante, se sancionan con multa de 6.001 a 18.000 euros cuando el responsable de las mismas ya hubiere sido sancionado mediante resolución que ponga fin a la vía administrativa por la comisión de cualquier otra infracción muy grave de las previstas en la LOTT en los 12 meses anteriores.

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14 Comments

  1. 11 abril, 2024 at 13:09

    German Carvajal

    Responder

    Hola, Queria comentar , al hilo de la conversación, que en una caso que lleve un impago de un transporte que hice a un arbitraje a la Junta Arbitral de Transporte de gacias que tenia la carta de porte como decis, gane. El otro decia que no habia echo el transporte
    Por cierto recomiendo MUCHISIMO las JUNTAS ARBITRALES DE TRANSPORTE, porque no hace falta ir con abogado ni con nada, y es muy simple. En los juzgados, a lo que ganas, ya te has jubilado y encima pagas al abogado.

    En las Juntas, si pierdes, no pasa nada, y si ganas,todo para ti . Ademas los que estaban allá, entienden del tema y tu haces tu escrito explicando lo que ha pasado y ajuntas todo para probarlo y ya esta. Una celebración de una vista, con los vocales, tu y al que has denunciado, y ya esta.

  2. 27 febrero, 2024 at 19:48

    Lola

    Responder

    Es obligatorio que una empresa de mudanzas española me de a mi como cliente un CRM para una mudanza entre España y un país de la Unión Europea?

    Gracias

  3. 23 abril, 2022 at 8:05

    Julio

    Responder

    Buenos días, puedo rellenar un CMR donde consten todos los datos y los de las mercancías transportadas para hacer un transporte nacional, cargo en Madrid y descargo en Barcelona, o tengo q hacer una carta de porte para transporte nacional, hay diferencia, gracias.

    1. 15 noviembre, 2024 at 14:00

      FERNANDO

      Responder

      EL DOCUMENTO ES INDIFERENTE OUEDES PERFECTAMENTE USAR EL FORMATO DE DOCUMENTO CMR Y HACER UN TRANSPORTE NACIONAL, YA QUE EL DOCUMENTO SIRVE COMO CONTRATO DE TRANSPORTE
      LA ÚNICA DIFERENCIA ES QUE EN CASO DE PERDIDA O DAÑOS A LA MERCANCÍA LA RESPONSABILIDAD NO SERA LA MISMA
      NACIONAL 1/3 DEL iPREM
      INTERNACIONAL 8,33 UNIDADES DE CUENTA O DERECHOS ESPECIALES DE GIRO, APROXIMADAMENTE 11 Ö DOCE EUROS /KILO

  4. 16 diciembre, 2021 at 13:07

    muro

    Responder

    La carta de porte sirve como albarán de entrega?

  5. 20 septiembre, 2021 at 13:10

    Marta

    Responder

    Buenas tardes.
    Me han entragado unas cajas que al abrirlas me di cuenta que habían robado parte de la mercancía. Firme el documento de porte pero no el documento oficial CMR.
    Por supuesto la empresa de transporte se lava las manos porque firme. Pero podría basar mi reclamación en la ausencia de carta de porte CMR?
    Muchas gracias.

  6. 3 febrero, 2021 at 13:13

    Sergio

    Responder

    Si hay una orden de carga ya firmada entre el cliente y el transportista, llega el transportista y resulta que el cliente anula el servicio cuando ya está allí, habiendo hecho ya los Km hasta el cliente y los gastos consecuentes (subcontratados, etc), ¿se le peude reclamar algo al cliente? Dice algo el CMR sobre esto? Donde? Gracias

    1. 26 noviembre, 2024 at 15:48

      ovum facies

      Responder

      no se Sergio

  7. 3 enero, 2020 at 18:57

    Patricia

    Responder

    En el caso de viajar con un contenedor vacío, también es obligatoria? Entiendo que el contenedor, aún estando vacío, se considera una mercancía en sí.

  8. 27 noviembre, 2019 at 9:24

    Pretium

    Responder

    La carta de porte siempre es obligatoria excepto para los siguientes transportes:

    Transportes de mudanza.
    Transportes de vehículos averiados o accidentados.
    Servicios de transporte de paquetería o similares.

    Un saludo.

    1. 17 octubre, 2023 at 16:20

      rosa maria castano

      Responder

      En 2017 se hace mudanza desde Inglaterra{ PERTENECE A UE) a Espana CON FURBON COMPLETO DE 1200 KGS, 24 MESES DESPUES EL TRANSPORTISTA MUESTRA UN DOCUMENTO CMR, DIFERENTE AL QUE USTED MUESTRA EN AMBOS CASOS.QUIERO SABER CUAL ES EL ORGANISMO QUE EL TRANSPORTISTA DEBE DE PRESENTAR ESTE DOCUMENTO??

      MUCHAS GRACIAS Y ESPERO SU RESPUESTA
      ROSA

  9. 27 noviembre, 2019 at 9:19

    ARMANDO NAVARRO FABREGAT

    Responder

    tengo un camion de mma 18tn con tarjeta de mercancias propias complementarias,solo lo huso para hacer el transporte de los campos de mi propiedad(frutas y verduras) a mi almacen donde confeccionamos la mercancia.
    ¿estoy obligado a hacer durante el transporte la carta de portes o documento de control?

    1. 21 agosto, 2021 at 1:17

      tino23

      Responder

      a ver en teoria si pero la policia no se va a meter en tus tierras a hacer un control entiendes…

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