Hoja de ruta digital: guía del DeCA para transporte de viajeros

La hoja de ruta digital cambiará la forma en la que las empresas de transporte de viajeros documentan determinados servicios realizados en autobús.
A partir del 5 de octubre de 2026, la hoja de ruta regulada por la Orden FOM/1230/2013 deberá gestionarse necesariamente en formato digital. Los datos del servicio pasarán a transformarse en un Documento Electrónico de Control Administrativo, conocido como DeCA.
Para las empresas de autocares, transporte discrecional y servicios turísticos, este cambio supone abandonar la gestión tradicional de la documentación de control en favor de un fichero electrónico generado antes del inicio del servicio, almacenado en un repositorio y accesible mediante un código QR.
Pero ¿qué es exactamente la hoja de ruta digital? ¿Qué servicios deben documentarse? ¿Qué información debe contener? ¿Puede incluir varios servicios? ¿Y cómo debe mostrarla el conductor durante una inspección?
En esta guía explicamos las principales obligaciones del DeCA para transporte de viajeros.
Índice de contenidos
Toggle¿Qué es la hoja de ruta en el transporte de viajeros?
La hoja de ruta es un documento de control administrativo previsto para el transporte público de viajeros por carretera.
La Orden FOM/1230/2013 establece, con carácter general, que los autobuses destinados a prestar servicios de transporte público de viajeros deben circular provistos de la correspondiente hoja de ruta. La propia Orden contempla determinadas exenciones para vehículos adscritos a servicios públicos regulares de uso general mientras realizan una expedición de ese servicio y para determinados vehículos utilizados en servicios regulares de uso especial mientras realizan expediciones contempladas en su autorización.
La finalidad de la hoja de ruta es documentar la información esencial del servicio de transporte realizado.
Entre otros datos, permite identificar:
la empresa transportista
la persona o entidad que contrata el servicio
el origen y destino
la fecha
el autobús
el conductor
la naturaleza del servicio
Estos son los datos mínimos enumerados en el artículo 2 de la Orden FOM/1230/2013.
Durante años, la hoja de ruta se ha asociado a una documentación administrativa tradicional.
La nueva regulación da un paso más.
La hoja de ruta pasa a gestionarse obligatoriamente como documento electrónico.
¿Qué es la hoja de ruta digital?
La hoja de ruta digital es la transformación electrónica de los datos de control del servicio de transporte de viajeros.
La Ley 9/2025 establece que la hoja de ruta regulada por la Orden FOM/1230/2013 será necesariamente digital diez meses después de la entrada en vigor de la Ley. El Ministerio de Transportes identifica el 5 de octubre de 2026 como fecha de inicio de la obligatoriedad de los documentos electrónicos de control DeCA.
La Resolución de 5 de junio de 2026 concreta cómo debe producirse esta digitalización.
Las aplicaciones utilizadas para gestionar los documentos electrónicos de control deben contemplar los datos previstos en el artículo 2 de la Orden FOM/1230/2013 y transformarlos, en cuanto sean conocidos y siempre antes del inicio efectivo del servicio, en un fichero electrónico.
Ese fichero es el:
La aplicación debe registrar además la fecha y hora de creación del fichero para acreditar que fue generado antes del comienzo efectivo del servicio.
Por tanto, digitalizar la hoja de ruta no consiste simplemente en escanear un documento en papel.
La hoja de ruta digital debe generarse a partir de datos estructurados utilizando una aplicación informática que cumpla las características técnicas establecidas para los DeCA.
¿Un PDF escaneado puede utilizarse como hoja de ruta digital?
No.
La Resolución establece expresamente que los ficheros DeCA deben generarse de forma nativa digital.
Esto significa que los datos estructurados existentes en la aplicación informática deben transformarse directamente en signos de escritura legibles dentro del fichero electrónico.
No son válidos los PDF obtenidos mediante:
el escaneo de una hoja de ruta en papel
la fotografía de un documento
la digitalización de una imagen del documento
El fichero debe tener formato PDF, un tamaño máximo de 5 MB e incorporar los metadatos relativos a la fecha y hora de creación y, cuando corresponda, de modificación.
Esta diferencia es importante.
Escanear una hoja de ruta no significa crear una hoja de ruta digital.
La digitalización exigida por la normativa implica generar el DeCA mediante una aplicación que gestione los datos del servicio.
¿Qué servicios de viajeros deben reflejarse en la hoja de ruta?
La Orden FOM/1230/2013 identifica cuatro clases de servicios en el apartado relativo a la naturaleza del servicio que debe consignarse en la hoja de ruta.
1. Servicio discrecional
Son los servicios identificados en la hoja de ruta con la naturaleza:
Servicio discrecional
Dentro de este ámbito pueden encontrarse muchos de los desplazamientos contratados para grupos, excursiones, eventos o traslados concretos fuera de una expedición regular de uso general.
2. Servicio discrecional de refuerzo
La segunda categoría es:
Servicio discrecional prestado como refuerzo de un servicio público de transporte regular de uso general
En este supuesto debe identificarse el servicio regular que se está reforzando.
3. Colaboración en un transporte regular de uso especial
La tercera clase corresponde al:
Servicio discrecional prestado como colaboración en la prestación de un transporte regular de uso especial
También en este caso debe identificarse el transporte regular de uso especial en cuya prestación se colabora.
4. Servicio turístico
La cuarta categoría es:
Servicio turístico
Estos cuatro tipos forman la clasificación de la naturaleza del servicio establecida en el artículo 2 de la Orden FOM/1230/2013.
La aplicación utilizada para crear el DeCA debe permitir identificar correctamente la naturaleza correspondiente al servicio documentado.
¿Qué datos debe contener la hoja de ruta digital?
La digitalización no elimina los datos exigidos para la hoja de ruta.
La Resolución de junio de 2026 obliga a que las aplicaciones DeCA contemplen, como mínimo, los datos del artículo 2 de la Orden FOM/1230/2013.
Por tanto, la hoja de ruta digital debe incorporar los siguientes datos.
Empresa transportista
Debe indicarse:
nombre o razón social
Número de Identificación Fiscal
Contratante del servicio
También debe constar el nombre y NIF de la persona, empresa o entidad que contrata el servicio.
Origen, destino y fecha
Debe identificarse:
origen
destino
fecha de realización
Matrícula del autobús
El documento debe identificar el autobús utilizado mediante su matrícula.
Conductor
Debe incluirse:
nombre
NIF
Naturaleza del servicio
Debe clasificarse el transporte dentro de una de las cuatro categorías previstas:
- Discrecional.
- Refuerzo de un servicio público regular de uso general.
- Colaboración en un transporte regular de uso especial.
- Turístico.
Este es el contenido mínimo establecido actualmente por el artículo 2.
Puedes consultar también nuestra guía específica sobre el DeCA para transporte de viajeros, donde analizamos la generación y gestión de esta documentación electrónica.
El Ministerio de Transportes también ha publicado una sección de preguntas frecuentes sobre el DeCA y la hoja de ruta electrónica en la que aclara los datos exigidos para el transporte de viajeros.
¿Son obligatorias las paradas intermedias?
Esta es una de las dudas que más puede generar la cumplimentación de la hoja de ruta digital.
La Orden establece que, en los servicios correspondientes a las clases 1.ª —servicio discrecional— y 4.ª —servicio turístico—, deben consignarse las paradas intermedias que, en su caso, se hayan realizado durante el viaje.
La expresión «en su caso» es importante.
La norma no establece que todos los servicios discrecionales o turísticos deban tener obligatoriamente una parada intermedia.
Pensemos en un servicio:
Madrid → Valencia
Si el autobús realiza el transporte directamente entre ambas ciudades sin efectuar una parada intermedia que deba consignarse conforme a esta obligación, no tendría sentido inventar una parada para completar el DeCA.
Por el contrario, si el servicio turístico incluye un recorrido:
Madrid → Cuenca → Valencia
las paradas intermedias efectivamente realizadas deben consignarse en la hoja de ruta cuando resulte aplicable el artículo 2.c).
Por tanto:
Las paradas intermedias deben indicarse cuando existan en los servicios para los que la Orden exige su consignación.
¿Cuándo debe generarse la hoja de ruta digital?
El DeCA debe generarse antes del inicio efectivo del servicio.
La Resolución establece que los datos deben transformarse en el fichero electrónico:
en cuanto sean conocidos
antes del inicio efectivo del transporte
La aplicación debe registrar la fecha y hora exactas de creación del fichero.
Esto significa que la empresa no debería esperar a finalizar el servicio para generar la hoja de ruta digital.
La lógica es precisamente la contraria:
DATOS DEL SERVICIO
↓
GENERACIÓN DEL DeCA
↓
COPIA AL CONDUCTOR
↓
INICIO DEL SERVICIO
El conductor debe recibir una copia del documento también antes del inicio efectivo del servicio.
¿Pueden incluirse varios servicios en un mismo DeCA?
Sí.
La Resolución de 5 de junio de 2026 permite agrupar los servicios de transporte público de viajeros en la forma que se considere más conveniente.
No obstante, cada servicio debe quedar claramente identificado mediante:
origen
destino
fecha de realización
naturaleza del servicio
Si el conductor o el autobús no son los mismos en todos los servicios agrupados, también deberán identificarse individualmente para cada servicio el nombre y NIF del conductor y la matrícula del autobús correspondiente.
Por ejemplo, un DeCA podría estructurarse así:
SERVICIO 01
Madrid → Valencia
15/07/2026
Turístico
SERVICIO 02
Valencia → Barcelona
16/07/2026
Discrecional
SERVICIO 03
Barcelona → Madrid
18/07/2026
Turístico
La agrupación no significa que se pierda la individualización de cada trayecto.
Cada servicio debe conservar claramente identificada su propia información dentro del Documento DeCA.
Esta posibilidad puede resultar especialmente útil para empresas que realizan varios servicios y necesitan estructurar la documentación de control de forma más eficiente.
¿Cómo es técnicamente el DeCA de viajeros?
La hoja de ruta digital se materializa en un fichero PDF nativo digital.
El documento debe incorporar un código QR que contenga la URL única y específica asignada al DeCA. El QR también puede estar disponible como fichero independiente.
El sistema utilizado debe almacenar el fichero en un repositorio y asignarle una dirección web única.
Durante el servicio, esa URL debe permitir a los agentes habilitados descargar directamente el PDF.
La Resolución excluye expresamente las URL que dirijan a páginas que:
exijan credenciales
requieran autenticación
incorporen botones de descarga
necesiten otra interacción manual
Durante el transporte, la llamada a la URL debe producir la descarga directa del fichero PDF.
El esquema es sencillo:
CÓDIGO QR
↓
URL ÚNICA
↓
PDF DeCA
¿Cómo debe llevar el conductor la hoja de ruta digital?
Una vez generado el DeCA y siempre antes del inicio efectivo del servicio, debe entregarse una copia al conductor.
La Resolución permite dos formas principales:
Copia electrónica
El conductor puede mostrar el DeCA mediante un dispositivo móvil.
Copia impresa
También puede llevar una copia en papel.
En ambos casos, la copia debe contener el código QR.
Además, el conductor puede disponer directamente del QR como fichero independiente.
Cuando el personal de Inspección del Transporte Terrestre o los agentes de vigilancia soliciten el documento, el conductor debe presentar:
el DeCA con su código QR
únicamente el código QR
La copia en papel sigue siendo, por tanto, una forma admitida de portar el documento. Sin embargo, las anotaciones manuscritas realizadas sobre esa copia no sirven para modificar el DeCA electrónico.
¿Puede modificarse una hoja de ruta digital después de emitirla?
Sí.
Si durante la realización del servicio es necesario actualizar los datos del DeCA, la Resolución contempla dos métodos.
Opción 1: modificar el PDF existente
Se añaden los nuevos datos al fichero existente.
También debe indicarse el motivo del cambio y conservarse la información anterior, identificándola claramente como no válida.
En este sistema:
se mantiene el mismo PDF
se conserva la misma URL
continúa siendo válido el mismo código QR
Opción 2: generar un nuevo PDF
La empresa puede generar un nuevo fichero con todos los datos actualizados.
En este caso:
existe un nuevo PDF;
se asigna una nueva URL;
y se genera un nuevo código QR.
El fichero original debe conservarse para garantizar la trazabilidad de la modificación.
En cualquiera de los dos sistemas, el PDF actualizado o el nuevo fichero deben hacerse llegar al conductor.
Por ejemplo, podría ser necesario modificar la hoja de ruta digital por:
un cambio de autobús;
un cambio de conductor;
una actualización del destino;
o cualquier otro dato del servicio que deba ser corregido durante su realización.
¿Es obligatorio firmar la hoja de ruta digital?
No existe una obligación general de firma del DeCA para la validez administrativa de la hoja de ruta.
La Resolución señala expresamente que ni la Orden FOM/2861/2012 para mercancías ni la Orden FOM/1230/2013 para viajeros establecen requisitos de firma para la validez de sus respectivos documentos administrativos de control.
La situación es distinta cuando el mismo documento se utiliza también con una finalidad contractual y, por la operativa o normativa aplicable, deben incorporarse firmas.
En esos casos, la Resolución exige como mínimo una firma electrónica avanzada conforme al Reglamento eIDAS y admite también las firmas electrónicas cualificadas.
Por tanto:
El DeCA no necesita firmarse simplemente por ser la hoja de ruta digital administrativa.
¿Cuánto tiempo debe conservarse el DeCA de viajeros?
La empresa transportista debe conservar las hojas de ruta correspondientes a sus servicios durante un año desde la fecha de realización.
La Resolución de junio de 2026 exige igualmente a las empresas transportistas de viajeros conservar durante al menos un año los ficheros electrónicos DeCA generados.
El repositorio utilizado para la disponibilidad del documento durante el servicio puede utilizarse también para esta conservación, aunque la Resolución permite conservar los ficheros en otro repositorio habilitado a tal efecto.
La empresa debe plantear, por tanto, la hoja de ruta digital no solo como un sistema de emisión del documento, sino también como un sistema de archivo y recuperación de los servicios realizados.
De la hoja de ruta en papel al Documento DeCA
La implantación del DeCA supone un cambio importante en la gestión documental de las empresas de transporte de viajeros.
El proceso pasa de una lógica centrada en cumplimentar y conservar documentación administrativa a una gestión basada en:
datos estructurados;
generación previa del documento;
PDF nativo digital;
código QR;
URL única;
repositorio electrónico;
trazabilidad de las modificaciones.
Estas características derivan del nuevo marco técnico establecido para los documentos electrónicos de control administrativo.
Pero la esencia de la hoja de ruta se mantiene.
El objetivo sigue siendo identificar correctamente el servicio de transporte realizado.
La hoja de ruta digital no cambia los datos esenciales del servicio: cambia la forma de generarlos, conservarlos y presentarlos durante una inspección.
Genera la hoja de ruta digital con Plataforma DeCA
Plataforma DeCA permite generar y gestionar la documentación electrónica de control para empresas de transporte de viajeros.
Guarda los datos habituales de tus autobuses, conductores y contratantes, añade la información específica de cada servicio y genera el Documento DeCA en formato PDF digital con código QR.
También puedes agrupar varios servicios, modificar documentos emitidos y facilitar al conductor el acceso al DeCA durante el transporte.
Consulta nuestra guía específica sobre el DeCA para transporte de viajeros y prepara tu empresa antes de la implantación obligatoria de la hoja de ruta digital.
Crear DeCA gratis
Acceso gratuito hasta el 2 de octubre de 2026.
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