abandono de la actividad

El pasado viernes 12 de febrero el Ministerio de Fomento ha publicado en el B.O.E. la Convocatoria para este 2016 con las Ayudas al Abandono de la Actividad para los transportistas mayores de 63 años o con incapacidad declarada.

Este año la partida presupuestaria se reduce un 6%, siendo la cuantía de las ayudas para esta convocatoria de 11.970.000 euros, una ligera reducción que nada tiene que ver con lo ocurrido el año pasado cuando se incrementó en nada menos que un 30%. No obstante, la edad mínima para poder realizar la solicitud, se sigue manteniendo en los 63 años para los transportistas en los que no concurra causa alguna de incapacidad declarada.

Los transportistas interesados en solicitar las ayudas tienen como fecha límite el 12 de marzo de 2016 y los requisitos que deben cumplir para solicitar las ayudas son los siguientes:

  • Ser transportista autónomo de mercancías o viajeros dado de alta en este régimen en la Seguridad Social, y haber estado ejerciendo la profesión de forma ininterrumpida durante los últimos diez años. No obstante, durante ese periodo de tiempo se permitirá una interrupción no superior a los tres meses.
  • Tener una edad igual o superior a 63 años. También podrá solicitarla las personas que con independencia de su edad tengan declarada una incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual.
  • Ser titular de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años de un máximo de tres autorizaciones (copias) de transporte público (debiendo al menos una encontrarse vigente en el momento de la solicitud). También se permite una única interrupción no superior a los tres meses antes mencionados.
  • No haber desaprovechado otras ayudas al abandono de la actividad en años anteriores.

El Ministerio de Fomento otorga por la autorización o autorizaciones de transporte público una ayuda de 30.000 €. Además, para transportistas con edad inferior a 65 años, adicionalmente 5.300 € por cada semestre completo hasta cumplir los 65.

También es importante recalcar que el Ministerio de Fomento dará preferencia al acceso a las ayudas, a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista; en cuanto a los demás beneficiarios se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada.

Por último, han puesto a disposición de los interesados un correo electrónico para cualquier consulta o aclaración, para ello deberán escribir a: abandono.sgaitt@fomento.es

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