Las excepciones temporales de tiempos de conducción y descanso finalizarán el 31 de mayo
La Resolución de la Dirección General de Transportes de 14 de abril, que establece excepciones temporales a los tiempos de conducción y descanso, finalizará su periodo de aplicación el 31 de mayo.
La Subdirección General de Inspección del Transporte ha informado de que las excepciones no serán prorrogadas con posterioridad a esa fecha porque la Comisión Europea ha manifestado que no autorizará nuevas excepciones.
Por lo tanto, a partir del 1 de junio serán aplicables los tiempos de conducción y descanso previstos en el Reglamento 561/2006 en su integridad, incluyendo los tiempos de conducción diaria, los descansos diarios, la prohibición de que todos los descansos semanales sean reducidos en dos semanas consecutivas y, especialmente, la prohibición de realizar el descanso semanal normal a bordo del vehículo.
Fuente | ASTIC
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