Ya tenemos disponible a la venta los adhesivos obligatorios en Francia para la señalización de los ángulos muertos a través de nuestra tienda online.
Como ya hemos ido informando, desde este mes de enero de 2021 Francia exige a todos los vehículos de transporte de mercancías y conjuntos de vehículos más de 3.5 toneladas así como autobuses que circulen por su territorio a estar equipados con una señalización de advertencia que indique la posición de sus ángulos muertos.
A continuación detallamos los requisitos de instalación de las señalizaciones según el Código de la Circulación francés:
Como se pueden colocar las señales
Cada señal puede fijarse al vehículo mediante pegado o remachado o cualquier otro medio de fijación a la carrocería, debiendo llevarlos tanto en los laterales del vehículo como en la parte trasera.
A que distancia deben colocarse
En los vehículos de motor (camiones, cabezas tractoras y autobuses) la señalización debe ir en el primer metro antes del vehículo, excluidas las superficies de vidrio, a izquierda y derecha, y a una altura de entre 0,90 y 1,50 metros del suelo.
Ubicación de las señales en semirremolques y remolques
En los semirremolques debe colocarse una señal, a la izquierda y a la derecha, en el primer metro detrás del pivote principal del vehículo y en un altura entre 0,90 y 1,50 metros del suelo, y en el caso de los remolques la señalización debe ir en el primer metro de la parte delantera de la carrocería del vehículo, a la izquierda y a la derecha, y a una altura entre 0,90 y 1,50 metros del suelo.
Como deben colocarse en casos excepcionales
Los vehículos de motor y los vehículos remolcados, para los que es técnicamente imposible cumplir el requisito de altura de la señalización desde el suelo, deberán estar equipados con señales colocadas a la altura más alta, lo más cercano posible a lo indicado anteriormente y dentro del límite de 2,10 metros.
Los vehículos con sistemas de visión directa en la parte inferior de las puertas o puertas de vidrio deberán estar equipados con señales colocadas a una distancia de la parte delantera del vehículo lo más cercana posible a lo indicado anteriormente y dentro del límite de 3 metros.
Se podrá prescindir de la distancia de 3 metros cuando la estructura del vehículo no permita la colocación de la señalización de acuerdo con lo dispuesto en este artículo sin obstruir parte del acristalamiento.
Vehículos exentos de colocar las señales
Los criterios de colocación de la señal trasera no serán exigibles a los vehículos de motor y vehículos remolcados para los que existe una imposibilidad técnica. Estos son:
- Portacontenedores
- Portacoches
- Tractores para semirremolques
- Vehículos cisterna
- Vehículos con plataforma
- Plataformas rodantes
Los criterios de colocación de las señales laterales no serán exigibles a los remolques y semirremolques para los que existe una imposibilidad técnica. Estos vehículos llevarán las marcas laterales en una posición compatible con sus características técnicas.
En todo caso, los vehículos de motor, remolques y semirremolsques para los que se demuestre una imposibilidad estructural, estarán exentos de colocar señales laterales y / o traseras.
Deja una respuesta