Novedades y fecha límite para la declaración de kilometraje del Gasóleo Profesional
Con la llegada del año 2019 ha entrado en vigor la subida de los hidrocarburos que retrotrae al Estado el tramo autonómico del impuesto especial de hidrocarburos equiparándolo con el estatal (hasta 48€/1.000 litros).
Las empresas y profesionales inscritos en el ceso del Gasóleo Profesional en 2018 se les devolverá íntegramente el mencionado impuesto esto es 0.048 euros por litro. Para que la devolución se haga efectiva se debe comunicar la lectura del cuentakilómetros a 1 de enero de 2018 y la lectura del cuentakilómetros a 31 de diciembre de 2018.
Dicha comunicación debe realizarse antes del antes del 31 de marzo de 2019. En el caso de no realizar dicha declaración o realizarla fuera de plazo, la Agencia Tributaria abrirá expediente sancionador, bloqueando la devolución de los importes del Gasóleo Profesional e imponiendo una sanción económica de 200 €.
Además, es imprescindible el uso de tarjetas de combustible de uso profesional como las tarjetas SOLRED que suministramos a nuestros asociados.
Si todavía no estás dado de alta en el censo de beneficiarios al Gasóleo Profesional puedes hacerlo siguiendo estos sencillos pasos:
- Darse de alta en el Gasóleo Profesional en Hacienda.
- Registrar los vehículos que tengan derechos a la devolución, es decir, vehículos destinado al transporte de mercancías con masa máxima autorizada igual o superior a 7,5 toneladas.
- Comunicar los kilómetros realizados durante el año.
- La devolución se realiza trimestralmente por Hacienda.
Desde la Asociación de Transportistas Autónomos han informados que lo máximo que se puede solicitar para la devolución del gasóleo profesional, asciende a 50.000 litros por vehículo y año.
Fuente | ATA
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