El pasado 22 de noviembre se celebró en la sede del Ministerio de Fomento la reunión de presentación a las asociaciones nacionales de transportistas del Plan de Inspección para el sector del transporte por carretera para el año 2018.
El Plan de Inspección establece para 2018 como uno de los objetivos prioritarios la inspección de transportes por carretera el control de la competencia desleal o dumping social, como consecuencia del proceso de deslocalización de grandes empresas de transporte hacia los países principalmente del Este de Europa (empresas buzón). Dicha actuación inspectora ya se ha venido desarrollando desde el año 2016, en colaboración con los cuerpos de inspección de otras Administraciones Públicas, si bien se intensificará en 2018, controlando tanto en carretera como a las empresas cargadoras.
Pero no solo estarán en el foco de inspección las empresas deslocalizadas, el Plan de Inspección para el sector del transporte por carretera de 2018 también llevará a cabo las siguientes actuaciones:
- Controlar las operaciones que tengan origen o destino en los centros generadores y receptores de cargas, lugares donde convergen los cargadores, operadores y transportistas, con el fin de controlar a los distintos actores de la cadena.
- Control sobre las áreas de negocio de economía colaborativa on-line, en especial en lo referido a plataformas de paquetería que, en vehículos diversos, intermedian habitualmente sin estar autorizadas.
- Control sobre la realización de servicios de transporte público, así como el ofertar como intermediarios servicios de transporte, en ambos casos sin estar amparados en la correspondiente autorización. Se hará especial incidencia en los tráficos de corto recorrido, en especial en transporte de obras y en transporte ligero, donde se dan mayores bolsas de fraude.
- Control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota de 427.528 vehículos de transporte que en la actualidad están obligados a llevar tacógrafo en España. Dado que la Directiva europea 2006/22 impone a los Estados miembros la obligación de controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo, en el caso de las autoridades de inspección españolas deberán revisarse al menos 2.885.814 jornadas de trabajo de los conductores profesionales, de las que la mitad se deberán controlar en la sede de las empresas y la otra mitad en carretera. El periodo a controlar en cada inspección que se haga a las empresas transportistas será por regla general de 45 días.
- Controles de las posibles manipulaciones en el tacógrafo o del limitador de velocidad en carretera. En el caso del tacógrafo, las principales manipulaciones que son detectadas corresponden a pequeños recorridos con velocidades muy cortas, por lo que se hará un mayor control en zonas como polígonos industriales y áreas metropolitanas de alto desarrollo industrial, entre otros. Conforme a la última reforma de la Ley de Seguridad Vial, dichas conductas infractoras no sólo son imputadas a la empresa transportistas sino también al conductor que va a bordo del vehículo, sancionándose con multa de hasta 500 euros. En este ámbito, se han detectado fraudes en la obtención de duplicados de tarjetas en Portugal por parte de conductores tanto españoles como portugueses, aprovechando que Portugal no está conectado al sistema de control europeo de tarjetas de tacógrafo radionet. Al respecto, los Ministerios de Transporte español y portugués han firmado recientemente un protocolo para controlar estas prácticas fraudulentas.
- Con objeto de aumentar la eficacia inspectora de los posibles excesos de peso, se llevarán a cabo dos controles de larga duración con la participación de la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas.
Fuente | FENADISMER
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